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Florida aprueba una nueva reforma de la legislación sobre responsabilidad civil


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El 24 de marzo de 2023, el gobernador de Florida Ron DeSantis firmó la ley HB 837. La nueva legislación revisó muchos estatutos relacionados con la ley de lesiones personales y tendrá impactos de gran alcance en las víctimas de lesiones personales que buscan compensación de los responsables. Los cambios entraron en vigor inmediatamente después de que DeSantis firmara el proyecto de ley.

Los cambios afectan a muchas áreas de la ley de lesiones personales, incluyendo el estatuto de limitaciones para la presentación de demandas, honorarios de abogados, presentando reclamaciones de mala fe contra las aseguradoras, y más. Es posible que tenga que entender los cambios para saber qué esperar, y que sin duda necesita un abogado ahora más que nunca cuando se encuentra lesionado y en busca de compensación.

Si usted tiene preguntas acerca de cómo los cambios afectarán sus posibilidades de recuperar los daños, llegar a un experimentado Florida abogado de lesiones personales para una consulta gratuita sobre su caso.

El plazo de prescripción se reduce a dos años

Florida aprueba una nueva reforma de la legislación sobre responsabilidad civilEntre los cambios más importantes HB 837 creado acortaba a dos años el plazo de prescripción de Florida para presentar una demanda por lesiones personales. El anterior plazo de prescripción otorgaba cuatro años a la mayoría de las demandas por negligencia. Sin embargo, el plazo de prescripción de las demandas por negligencia médica y reclamaciones por muerte por negligencia en Florida era siempre de dos años, por lo que la nueva ley sitúa en el mismo plazo todas las demandas por lesiones que impliquen negligencia. El proyecto de ley también prevé excepciones para los militares que no puedan acudir a los tribunales por estar en servicio activo.

Aunque el cambio entró en vigor el 24 de marzo de 2023, la nueva ley sólo se aplica a las causas de acción a partir de esa fecha. Los cambios no deberían afectar a los contratos de seguros y otras acciones suscritas antes de esa fecha.

Sin embargo, la anticipación de los cambios causó una afluencia masiva de nuevas demandas por lesiones personales en toda la Florida, y muchos tribunales civiles están lidiando con retrasos en el procesamiento de las nuevas presentaciones.

Protección de los propietarios

La nueva ley revisa el modo en que los tribunales resuelven las reclamaciones de responsabilidad de los localesy ofrece varias protecciones a los propietarios. Los tribunales deben tener en cuenta la culpa de todas las partes que hayan contribuido a las lesiones de la víctima si ésta se encontraba legalmente en la propiedad y sufrió lesiones por la acción delictiva de un tercero.

Asimismo, la nueva ley prevé una exención de responsabilidad para los propietarios de viviendas plurifamiliares si aplican determinadas medidas de seguridad y protección, entre ellas:

  • Instalación de cámaras de seguridad en los puntos de entrada y salida y conservación de las imágenes de vídeo durante al menos 30 días.
  • Iluminación adecuada de las zonas comunes, como aparcamientos, lavanderías y pasillos.
  • Instalación de cerraduras de pestillo en la puerta principal de cada unidad e instalación de cerraduras de ventanas y de puertas correderas en las unidades donde proceda.
  • Instalación de mirillas en puertas de entrada sin ventanas
  • Instalar puertas y vallas cerradas alrededor de las piscinas

Para el 1 de enero de 2025, los propietarios de inmuebles multifamiliares también deberán cumplir los requisitos de prevención de la delincuencia y las evaluaciones de diseño ambiental dictadas por las fuerzas del orden. También deben formar a los empleados de la propiedad en materia de disuasión de la delincuencia y seguridad adecuadas.

Negligencia comparativa modificada

Antes de que los cambios entraran en vigor, Florida empleaba una pura negligencia comparativa negligencia comparativa para determinar los daños por lesiones personales. En virtud de esta norma, un demandante podía, en teoría, obtener una indemnización aunque tuviera el 99% de la culpa de sus lesiones.

Ahora, Florida sigue una norma de negligencia comparativa modificada. Sin embargo, la parte de los daños del demandante dependerá de su porcentaje de culpa. Si el demandado tuvo el 100 por ciento de la culpa, el demandante puede recuperar todos los daños. Si un demandante tiene el 40% de la culpa, sólo puede recibir el 60% de los daños. Si la culpa es de más del 50%, el demandante no podrá reclamar daños y perjuicios.

El nuevo modelo de culpa comparativa modificado de Florida no se aplica a las demandas por negligencia médica.

Honorarios de los abogados

La nueva ley también establece los honorarios devengados como compensación suficiente y razonable para los abogados en la mayoría de las acciones civiles. Los honorarios se calculan multiplicando el número de horas razonables que un abogado dedica a un caso por sus honorarios razonables, y es el modelo que siguen todos los tribunales federales. Anteriormente, Florida permitía a los abogados ajustar sus honorarios utilizando factores adicionales.

Las revisiones eliminan las indemnizaciones por honorarios de abogado, excepto cuando un demandante no pueda conseguir de otro modo un abogado competente, o cuando un tribunal dicte una sentencia declaratoria a favor de un demandante porque una aseguradora denegó totalmente su reclamación. Esto no se aplica a las acciones de sentencia declaratoria relacionadas con propiedades residenciales o comerciales.

Acciones de mala fe

La HB 837 también modificó los motivos por los que los demandantes pueden interponer acciones de mala fe contra las aseguradoras. La mera negligencia ya no constituye mala fe. Además, los demandantes no pueden presentar demandas de mala fe contra las aseguradoras por cuestiones de responsabilidad si la aseguradora paga la cantidad menor de los límites de la póliza o los daños y perjuicios que el demandante exigió dentro de los 90 días siguientes a la recepción de la notificación real y pruebas suficientes de la reclamación.

Otros cambios notables son:

  • Si la aseguradora no paga en el plazo de 90 días, ello por sí solo no constituye mala fe y no puede constituir prueba en una acción de mala fe que llegue a juicio.
  • Si la aseguradora no paga en los primeros 90 días, el plazo de prescripción se ampliará otros 90 días.
  • Los demandantes y sus representantes deben actuar de buena fe al aportar pruebas e información relativas a una reclamación y al presentar o resolver una reclamación.
  • Si los demandantes o sus abogados actúan de mala fe en relación con la demanda, el tribunal puede reducir los daños de forma adecuada.

En el caso de reclamaciones concurrentes de dos o más demandantes derivadas de la misma acción, una aseguradora no actúa de mala fe por no ofrecer daños y perjuicios en un plazo de 90 días si el importe total de los daños supera los límites de la póliza. Las aseguradoras pueden interponer acciones interpleader o acudir al arbitraje, según se indica en el proyecto de ley.

Pruebas admisibles de daños médicos

La nueva ley modificó los parámetros de las pruebas admisibles para demostrar daños médicos pasados, presentes y futuros. Para las facturas médicas pagadas en el pasado, los demandantes sólo pueden presentar pruebas por el importe realmente pagado, independientemente de quién lo haya abonado. Los demandantes no pueden presentar como prueba los importes facturados inicialmente.

Para las facturas médicas impagadas en el pasado, las pruebas admisibles dependerán de la cobertura sanitaria del demandante. Si el demandante tiene un seguro médico que no sea Medicare/Medicaid, deberá aportar la cantidad que la aseguradora debe pagar según la póliza más su propia parte de gastos médicos. Si el demandante no tiene cobertura sanitaria o cobertura a través de Medicare/Medicaid, presentará los daños médicos al 120 por ciento de la tarifa de Medicare o al 170 por ciento de la tarifa de Medicaid.

Para gastos médicos futuros, los demandantes con seguro privado (distinto de Medicaid/Medicare) pueden introducir lo que su aseguradora pagaría por tratamientos o servicios médicos futuros. Los mismos importes porcentuales se aplican a los demandantes que reciben Medicare/Medicaid.

Tanto para las facturas médicas pasadas no pagadas como para las futuras, los demandantes pueden presentar cualquier prueba de daños médicos en apoyo de su demanda, pero la cuantía de los daños usuales y habituales que reciban dependerá de su cobertura sanitaria.

Además, las revisiones abordan las Cartas de Protección (LOP). Las LOP permiten a los pacientes recibir atención sin costes por adelantado de un médico participante que se compromete a prestar servicios y atención en el entendimiento de que recibirá el pago de la liquidación de la reclamación del paciente o de la sentencia judicial.

Ahora los demandantes deben presentar una copia de la LOP junto con una factura detallada y codificada en la que se detallen la atención y el tratamiento del paciente. El demandante también debe incluir si tiene seguro médico e identificar a su aseguradora. Deben revelar si su abogado o alguna otra parte les remitió al médico LOP, y su abogado debe revelar la naturaleza de cualquier relación financiera que su bufete de abogados tenga con el médico.

Hable hoy mismo con un abogado de Florida especializado en lesiones personales

La ley HB 837 y otras revisiones de las leyes de responsabilidad civil de Florida cambiaron el proceso judicial civil del estado y la forma en que muchas personas lesionadas obtendrán la indemnización que merecen.

Michael T. Gibson, P.A., Auto Justice Attorney está aquí para proporcionar una revisión completa de su caso de lesiones personales y una explicación detallada de cómo HB 837 afecta a sus posibilidades de obtener una indemnización. Póngase en contacto con nosotros hoy mismo si una parte negligente lo lesionó a usted o a un ser querido.

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